Servicios Mayores
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Quienes
Se realizará a través del administrador responsable de la tramitación en la administración del campus de puerto real.
Procedimientos
Procedimiento negociado: se aplicará este procedimiento cuando concurran las circunstancias previstas en los artículos 170 y 174 del Real Decreto Legislativo 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público de 14 de noviembre..
Se exige
Para la tramitación del expediente por procedimiento negociado
Los responsables de las unidades de gasto deberán remitir al servicio de gestión económica y contrataciones o al administrador responsable de su tramitación por fax, carta o correo electrónico:
- Informe justificativo del contrato de servicio, exponiendo necesidad, características e importe calculado.
- Datos de empresas que la unidad de gasto esté interesada en que se le curse invitación, será opcional.
- Propuesta de criterios para la negociación (aspectos económicos y técnicos), será opcional.
- Pliego de prescripciones técnicas conteniendo características técnicas de las prestaciones del contrato, precio de cada una de las prestaciones en que se descompone el presupuesto, igual para el caso de la posibilidad de variantes.
- Documento contable de retención de crédito RC (para casos excepcionales, ver apartado 1.7 normativa contrataciones UCA).
El administrador responsable de la tramitación en la administración del campus de puerto real, una vez obtenidas las ofertas, las enviarán al órgano negociador habilitado para su estudio e informe.
El organo negociador una vez concluya el informe motivado, hará entrega del mismo al administrador responsable de la tramitación en la administración del campus de puerto real.
Queda de competencia del administrador responsable elevar la propuesta de adjudicación al órgano de contratación determinado en el pcap, de acuerdo con lo establecido en el mismo.
Informacion adicional
Para consultar el contenido del texto de los artículos 170 y 174 del Real Decreto Legislativo 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público de 14 de noviembre y apartado 4.3.3 de la Normativa de contratación de la UCA (pendiente de modificar para su adaptación al TRLCSP).
Para consultar las novedades en materia de contratación administrativa vigente desde el 1 de mayo de 2008 como consecuencia de la entrada en vigor de la nueva ley de contratos del sector público, ver los arts. 18 a 26 de las normas para la ejecución del presupuesto de la uca para el ejercicio 2012 (BOUCA 138 DE 2011, Suplemento 1).
Para la limitación de cuantías en los procedimientos negociados a gestionar en los campus, ver resolución uca/r68rec/2008 de 7 de mayo de 2008 (bouca nº 77 de mayo de 2008)
Se procederá al trámite de urgencia por necesidad inaplazable o por razones de interés público, la tramitación se sujetará a las normas que prevé el artículo 96 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre de contratos del sector público.
Para cualquier consulta sobre el procedimiento a seguir, le rogamos se ponga en contacto con la Unidad de Contrataciones del Campus de Puerto Real (contrataciones.puertoreal@uca.es ).