Servicios
Según el art. 10 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público de 14 de noviembre, son CONTRATOS DE SERVICIOS aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de la Ley, los contratos se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II
- Mantenimiento y reparación
- Transporte por vía terrestre, incluido servicios de furgones blindados y servicios de mensajería, excepto transporte de correo
- Transporte aéreo: transporte de pasajeros y carga, excepto el transporte de correo
- Transporte de correo por vía terrestre y por vía aérea
- Telecomunicación
- Financieros (seguros, bancarios y de inversiones)
- Informática y servicios conexos
- Investigación y desarrollo
- Contabilidad, auditoria y teneduría de libros
- Investigación de estudios y encuestas de la opinión pública
- Consultores de dirección y servicios conexos
- Arquitectura, Ingeniería y servicios integrados de ingeniería, de Planificación urbana y de arquitectura paisajística. Servicios conexos de consultores en ciencia y tecnología. Servicios de ensayos y análisis técnicos
- Publicidad
- Limpieza de edificios y servicios de administración de bienes raíces
- Editoriales de imprenta, por tarifa o por contrato
- Alcantarillado y eliminación de desperdicios: saneamiento y servicios similares
- Hostelería y Restaurante
- Transporte por ferrocarril
- Transporte fluvial y marítimo
- Transportes complementarios y auxiliares
- Jurídicos
- Colocación y suministro de Personal
- Investigación y seguridad, excepto de furgones blindados
- Educación y Formación Profesional
- Sociales y de Salud
- Esparcimiento, culturales y deportivos
- Otros servicios
Servicios de Importe hasta 18.000€ (excluido IVA).
Servicios por Importe desde 18.000€ (excluido IVA) hasta 60.000€ (excluido IVA).